El segundo argumento que vamos a tratar en esta serie de artículos que tratan sobre las falacias construidas para impedir la custodia compartida hace referencia a la afirmación de que no se puede dar la custodia compartida si hay mala relación o falta de cooperación entre los padres. Afirmar semejante cuestión es realmente pernicioso, ya que está invitando abiertamente a generar conflicto – y con ello denuncias instrumentales-, si no se quiere permitir que el otro progenitor participe de la crianza del hijo común, algo que va directamente contra el superior interés del menor. En el artículo publicado en el Diario de Sevilla en enero de 2015 ya expuse este problema. Sin embargo, como ya razonamos en otro artículo, en los procesos de familia, el conflicto no es una consecuencia, sino un medio que algunos progenitores utilizan para mantener la relación, algo en lo que pocos operadores judiciales repara.
El conflicto como instrumento para mantener la relación.
El primer argumento que les ofrezco es que el conflicto entre dos progenitores se da, independientemente del modelo de custodia adoptado. El progenitor -sea custodio monoparental o comparta la custodia con su ex pareja-, perpetúa el conflicto para seguir queriendo negar al otro progenitor -ante sí y los hijos-, para querer inmiscuirse en su vida ahora que nada le queda para hacerlo más que los hijos en común y, en general, para resolver su herida narcisista por haber sido abandonado, rechazado o sustituido. Y esto es independiente del sistema de custodia que rija.
A lo largo de los años, muchos padres me han preguntado por qué sus ex parejas siguen manteniendo el conflicto, siguen denunciándoles, siguen entrometiéndose y alienando a sus hijos contra ellos. La respuesta es muy sencilla: si tu pareja te sigue maltratando es que le sigues siendo útil.
La utilidad aquí debe ser analizada en tanto sirve para justificar su vida, sus propios fracasos y conducta reprobable. Nada más útil que tener a alguien a quien echar las culpas de cualquier cosa que uno haga mal o de cualquier acontecimiento vital en el que fracase. Mecanismos de defensa como la proyección o la negación funcionan para mantener el equilibrio del sujeto, permitiéndole seguir adelante. El coste de ello ya es otra cuestión, algo que jamás se planteará su ex. Los operadores judiciales hace tiempo que nos dejamos de sorprender al contemplar pleitos iniciados para clamar minucias (por ejemplo, cincuenta euros) cuyo coste final a los propios interesados finalmente se eleva a miles o decenas de miles de euros.
Los divorcios se producen porque la convivencia es imposible.
Esta frase, que con una simple lectura muestra su obviedad, es uno de las mejores afirmaciones para enfrentarse al argumento que estamos desmontando. Poner delante de quién afirma con rotundidad una frase que considera poderosa lo banal, evidente y trivial que resulta es el mejor argumento. Llevar el debate en la dirección de reflexionar que resulta del todo increíble que se produzca un divorcio si ambos miembros de la pareja están deseando seguir juntos muestra, una vez más, que la gran herramienta de quien afirma que no se puede dar una custodia compartida porque los padres no se llevan bien o no colaboran es confundir el fin con el proceso. Que no se lleven bien es la consecuencia de que no han logrado cooperar, de que no desean vivir juntos, seguir viéndose, compartiendo. Incluso podríamos afirmar que los divorcios se producen porque los que conforman la relación no se soportan, algo que el anterior argumento parece olvidar.
Confundir el fin con la causa.
La realidad es que la mayor parte de los divorcios se producen por razones muy distintas que la falta de cooperación: infidelidad, agotamiento de la convivencia, crisis económica, consumo de tóxicos, etc. Lo que hacen aquí quienes usan este argumento es volver a confundir el fin con la causa. La mala relación es una consecuencia, es el final, seguramente provocado por otros hechos que no la falta de cooperación, aunque si esta se ha encontrado no les quepa duda que también ha contribuido. El divorcio es la pretendida solución a ese problema que es la mala relación. Lo importante es dejar claro que, aunque nos permite solucionar la obligación de la convivencia, ambos progenitores siguen siendo padres, es decir, siguen estando obligados a tener una relación por sus hijos, aunque sea distante. El divorcio exime de convivir con su ex pareja, no elimina a un progenitor de la vida de sus hijos, algo que el argumento del que estamos aquí debatiendo defiende. Otra confusión malintencionada es que nada tiene que ver la vida de la pareja con la crianza de los hijos. Puede ser una perfecta madre o padre y una espantosa esposa o marido. De hecho, este es el escenario más común.
Los divorcios van evolucionando.
Finalmente, este argumento analiza la ruptura como algo fijo, que no evoluciona. No le interesa razonar que, tras la ruptura, donde los ánimos están muy caldeados, el paso del tiempo hará que la mayoría de los implicados se calmen, rehagan sus vidas emocionales y olviden lo que entonces resultó ser tan frustrante, algo que va a dificultar mucho si uno de los progenitores se siente desplazado o anulados semanalmente al ver que se le impide tener relación amplia con sus descendientes. El impedimento en la implicación de la crianza de los hijos es una fuente continua de tensión y malestar; por esa razón podríamos afirmar que la custodia monoparental favorece la desaparición de uno de los progenitores de la vida de los hijos, algo que la Psicología ya ha demostrado con sus investigaciones.
El pago de las pensiones.
En España, la Administración Pública ha demostrado a lo largo de los años las dificultades que tiene para fiscalizar las cuentas del propio Estado (Adif, Mercasevilla, Cursos de Formación, etc. ) o de entidades privadas (Afinsa, Pescanova, Gescartera, etc). Una de las quejas más habituales es calcular los ingresos de los empresarios con objeto de establecer pensiones alimenticias. Si consideramos que en nuestro estado, a fecha de 2014, existen 3.231.383 empresas con actividad, de las cuales 1.796.120 son los llamados empresarios individuales, que a su vez se dividen en 1.600.170 autónomos, 158.582 autónomos extranjeros y 37.368 comunidades de bienes, podemos ver que esta problemática se presenta con frecuencia en los Juzgados y Tribunales del país.
En una situación en la que el progenitor no custodio se siente insatisfecho con las relaciones que mantiene con su hijo, sin influencia real en su vida o incluso sin contacto, es de esperar que el pago de las pensiones se vea afectado. Pearson & Thoennes (1986) compararon el pago de pensiones alimenticias en casos de custodia monoparental y custodia compartida, concluyendo que la custodia compartida determina un cumplimiento mucho mayor de los pagos a la madre por este concepto. A la misma conclusión llegó el informe elaborado por la American Psychological Association en 1995, para la Comisión de Bienestar Social y Familiar de los EE.UU.. En este documento se resumen y valoran las principales investigaciones relativas a la custodia compartida y sus repercusiones en el bienestar del niño, concluyendo que las investigaciones analizadas respaldan la conclusión de que la custodia compartida conlleva determinados resultados favorables para los niños, en particular más participación del padre, mejor adaptación del niño, pago de pensiones alimenticias, reducción de los gastos en litigios y, en ocasiones, menor conflicto entre los progenitores.
La custodia compartida favorece la colaboración de los padres, el pago de pensiones, la disminución de los litigios y el bienestar de los menores.
Estas investigaciones han sido repetidas por distintos autores en varios países con semejantes resultados (Teachman, 1991;Arditti & Keith, 1993;Martín, 1997). La investigación de Seltzer (1991) no sólo muestra que los padres que más visitas tienen con sus hijos pagan en un mayor porcentaje la pensión (64,2%), que aquellos que nunca los ven (16,2%) o únicamente los ven algunas veces al año (52,3%), sino que también refleja que esta relación se encuentra también con la cantidad aportada. Aquellos padres que visitan frecuentemente a sus hijos pagan un 60% más, que aquellos que nunca veían a sus hijos.
Las explicaciones sobre este hecho han buscado el origen relacionándolo con el conflicto continuo con el otro progenitor y la insatisfacción por la relación que el progenitor no custodio mantiene con su hijo, aunque otra vía de explicación es que sean factores que se afecten mutuamente, es decir, el aumento en el pago de las pensiones incrementaría las visitas, y al revés. Sin embargo, la cantidad de variables participantes hacen que la postura teórica busque una mayor complejidad en el sistema de relaciones. En mi libro Con mamá y con papá (2006) planteé un sistema retroalimentado en el que, la implicación en la vida del hijo, la satisfacción del progenitor no custodio y el pago de pensiones se afectarían, en mayor o menor medida, mutuamente. De este modo se explicaría que el pago de las pensiones y la realización de las visitas se verían fortalecidos por los deseos de implicarse en la vida de sus hijos por parte de los progenitores. Del mismo modo, los entorpecimientos y conflicto entre los ex cónyuges afectaría a la realización de las visitas y, con ello, al pago de las pensiones. Sea como fuere hoy en día es un hecho aceptado la relación directa entre estas variables.
Fuente:
Aguilar, J.M. (2006). Con mamá y con papá. Ed. Almuzara, Córdoba, España.
http://jmaguilar.com/blog/wordpress/como-desmontar-argumentos-contra-custodia-compartida-i/